Ley Segunda Oportunidad

Especialistas en derecho concursal

¿QUÉ ES LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

Es el mecanismo legal que permite a los deudores insolventes acceder a la cancelación de todas sus deudas (salvo las no exonerables). Esta Ley se inició en el año 2015 y desde 2017 (8 años) en el despacho hemos ayudando a nuestros clientes a acceder a esta Ley con éxito (podrás ver algunos casos al final de esta página e incluso entrevistas en nuestras redes sociales), posibilitando a los mismos continuar sus vidas libres de deudas.

En el despacho siempre realizamos un análisis inicial de viabilidad sin el cual no es posible determinar si un deudor cumple con los requisitos y puede acogerse a esta Ley.

De esta forma sabemos si la cancelación de las deudas tiene posibilidades de prosperar o no.

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REQUISITOS

Entre los requisitos más importantes, nos encontramos con:

1. Persona natural o autónomo.

2. Hallarse en situación de insolvencia (actual o inminente).

3. No tener antecedentes penales por delitos concretos que valoramos en la viabilidad inicial.

4. Ser deudor de buena fe.

5. No tener resoluciones administrativas por infracciones tributarias muy graves.

Entre otros que valoramos en el análisis de viabilidad previo que se realiza en el despacho.

¿COMO FUNCIONA?

El proceso se inicia con la solicitud al Juzgado Mercantil (seas autónomo o no). 

En la solicitud se debe indicar el estado económico del deudor (si la insolvencia es actual o inminente) y acompañar a la misma todos los documentos que lo demuestren, así como aquellos que acrediten el cumplimiento de los requisitos y los ingresos del deudor. 

Para presentar esta solicitud es necesario abogado y procurador.

El deudor puede elegir entre dos tipos de cancelación (técnicamente denominado «exoneración»), con liquidación del patrimonio que tenga o sin liquidación y conservando su patrimonio, siempre y cuando se proponga un plan de pagos en este último caso

VENTAJAS

  • Volver a tener la capacidad de empezar de cero Sin deudas.
  • Eliminación de los ficheros de morosidad.
  • Podrás tener tarjetas de crédito y préstamos de nuevo (en esta segunda oportunidad, seguro que de forma más cautelosa).

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué ocurre con las deudas?

Son exoneradas por el juez y el deudor quedará libre de deudas (salvo las no exonerabas).

¿Desaparecen todas las deudas?

La cancelación afecta a la totalidad salvo las siguientes:

  1. Deudas por responsabilidad civil derivada de delito.
  2. Las deudas por responsabilidad civil extracontractual, muerte o daños personales.
  3. Parte del crédito público. Podrá cancelarse hasta 10.000,00 euros por deudor de AEAT y Seguridad Social.
  4. Salarios últimos 60 días.
  5. Multas en proceso penal o sanciones administrativas muy graves.
  6. Costas y gastos judiciales de la tramitación de la solicitud de exoneración.
  7. Deudas con garantía real hasta el límite del privilegio especial (que es el valor del bien).

¿Tendré que ir a juicio?

No.

Todos merecemos una segunda oportunidad

A continuación te muestro algunos casos de éxito

Caso 1

Particular que a causa de caer en varias adicciones quebró su vida económica así como su vida personal. En el momento de su recuperación y quiso volver a empezar y ha obtenido la exoneración de 87.527,46€ que corresponden principalmente a créditos con financieras y préstamos rápidos.
Sentencia

Caso 2

Autónomo que montó una empresa de patinetes eléctricos con los que hacía rutas turísticas. Al no funcionar el negocio lo vendió, a pesar de ello no cubrió toda la deuda que se había generado. Ha obtenido la exoneración de 50.000€.

Sentencia

Caso 3

Autónomo que intentó emprender y liberarse del trabajo en horario de noche, montó una franquicia de máquinas «pica pica» que a causa de la pandemia no generaba ingresos, dejándolo inmerso en una espiral de deudas que no pudo afrontar. Obtuvo la exoneración de 83.037,28€.

Sentencia

Caso 4

Autónomo que intentó emprender en el sector automovilístico a causa de varios factores personales quedó inmerso en una espiral de deudas que no pudo afrontar. Obtuvo la exoneración de 258.846,99€.

Sentencia

CONSEJOS PARA ELEGIR BIEN

Despacho: Como puedes ver, el precio variará dependiendo de la situación de quiebra de cada particular/empresario, así que puedes seguir estos consejos:

1. Desconfía de los despachos que son franquicias low cost.

2. Procura saber el precio del procedimiento, por lo menos aproximadamente desde el principio.

3. Asegúrate de que se inician los trámites y gestionan tu expediente DESDE EL PRINCIPIO.

Algunas franquicias ofrecen cuotas mensuales muy atractivas, pero la oferta tiene trampa: no trabajan en tu expediente hasta pasados meses o incluso algunos, hasta años mientras siguen cobrando.

En nuestro despacho te garantizamos plena transparencia y se iniciará el procedimiento desde el principio.

Puedes ver algunas de sus entrevistas en el perfil profesional de la Letrada que llevó los casos:

​– Instagram: @Sara.abogada

​– Facebook: @SSabogados

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Escribenos y nos pondremos en contacto en 24 – 48 hr